CUT N°:175901-2020.
ADMINISTRADO: Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa.
ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.
SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo
SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la resolución ficta recaída en el procedimiento de autorización de ejecución de obra de aprovechamiento hídrico, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 3 del articulo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, e improcedente la solicitud de autorización de ejecución de obra de aprovechamiento hídrico en base a los fundamentos expuestos en los numerales 4.14 al 4.17 de la presente resolución.
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: NULIDAD