501 - 510 Normativas de 11425
R.TNRCH. Nº 1258-2024-ANA

CUT: 91735-2021.

SOLICITANTE: Compañía Servicios Turísticos El Mirador S.A.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 29 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1257-2024-ANA

CUT: 145957-2023.

SOLICITANTE: Generadora de Energía del Perú S.A.

ORGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – recursos hídricos.

SUMILLA: La nulidad de oficio requiere la afectación del interés público o la vulneración a derechos fundamentales, lo cual no se configura cuando se trata de cuestionar una sanción consentida por el administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1256-2024-ANA

CUT: 237705-2023.

IMPUGNANTE: Fundo San Gregorio de Ica S.A.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha. 

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Integración.

SUMILLA: Es improcedente el pedido de integración de la licencia de uso de agua (de un pozo de reemplazo) para incluir a un predio distinto al que se le otorgó al derecho.

MARCO NORMATIVO: Primera Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, artículo 172° del Código Procesal Civil. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1255-2024-ANA

CUT : 10878-2022.

IMPUGNANTE : Francisco Gilberto Tejada Regalado.

ORGANO: AAA Marañón

MATERIA : Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos

SUBMATERIA : Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales

Sumilla: Constituye infracción en materia de recursos hídricos ocupar y utilizar la faja marginal. 

Marco normativo: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

Sentido: Infundado. 

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1254-2024-ANA

CUT: 215604-2023.

IMPUGNANTE: Segundo Luis Mondragón Vásquez.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Cuando en la verificación técnica de campo se constata la ejecución de una obra hidráulica no autorizada 
queda acreditada la infracción atribuida.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del  Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1253-2024-ANA

CUT: 143414-2023.

IMPUGNANTE: Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Apurímac.

ORGANO: AAA Pampas Apurímac. 

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: En el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica, se requiere que los administrados presenten las constancias por las autoridades correspondientes o prueba de la negativa a publicar. 

MARCO NORMATIVO: Literal c) del artículo 13° y el artículo 40° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1252-2024-ANA

CUT: 214599-2023.

IMPUGNANTES: Dante Eliseo Barzola Cámara y Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Suspensión de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Un tercero no tiene legitimidad para cuestionar la suspensión del derecho de uso de agua solicitado por el titular.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 62º y 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedentes.

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1251-2024-ANA

CUT: 160739-2022.

IMPUGNANTE: Asociación Turística Nacimiento y Zoológico Canteros Artesanos Ruta del Sillar-Arequipa.

ORGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras sin autorización y ocupar sin autorización los cauces y fajas marginales.

SUMILLA: La construcción de obras sin autorización y la ocupación del cauce y la faja marginal de una fuente de agua, constituye infracción en materia de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1250-2024-ANA

CUT: 62707-2024.

SOLICITANTE: Percy Martín Flores.

ORGANO: ALA Tingo María.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde declarar la  nulidad de una licencia de uso de agua cuando el solicitante invoca un derecho de  propiedad que no acredita. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del Artículo III del Título Preliminar de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 5° del Decreto Supremo N° 0006-2021-MIDAGRI y artículo 6° de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 27 Noviembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1249-2024-ANA

CUT: 169947-2023.

IMPUGNANTE: Jorge Humberto Chávez Quesquén.

ORGANO: ALA Zaña.

MATERIA: Nulidad de Oficio.

SUBMATERIA: Reclamo sobre distribución o asignación de recursos hídricos.

SUMILLA: El Tribunal no es competente para resolver pedidos de nulidad de oficio cuando la última instancia es la Administración Local de Agua tratándose de reclamos de usuarios ante la Junta respectiva.

MARCO NORMATIVO: Numeral 25.1 del literal b) del artículo 25° y la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua (Derogada); literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos (vigente), literal c) del artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 31801, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDAGRI y numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Remitir el expediente.

Fecha de resolución: Viernes, 22 Noviembre 2024
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