R.D. Nº 143-2010-ANA-DARH
Declarar concluída la inhibición declarada mediante Resolución Jefatural Nº 0186-2009-ANA.
Declarar concluída la inhibición declarada mediante Resolución Jefatural Nº 0186-2009-ANA.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de Apelación interpuesto por Isidro Aguilar, contra la Resolución Administrativa Nº 807-2009-ANA-ALA.CHRL de fecha 09.12.09, expedido por la Administración local de Agua Chillón-Rimac-Lurín, dejando a salvo su derecho, a efectos de que lo haga valer en forma legalmente prescrita.
Otorgar un plazo de dos (02) años contados a partir de notificada la presente de los estudios autorizados en el artículo precedente.
Declarar, improcedente el recurso de apelación interpuesto por Simón Chapoñan Farroñan, contra la carta de fecha 03.02.2009
Declarar, de oficio, NULA e insubsistente la Resolución Administrativa Nº 276-2009-ANA-ALA-CM, dejándola sin efecto legal alguno.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de San Ramón, contra la Resolución Administrativa Nº 322-2008-DRA-J/ATDRP, en consecuencia, nulas e insubsistentes las Resoluciones Administrativas Nº 306 y 322-2008-DRA-J/ATDRP, conforme a los considerandos precedentemente expuestos.
Declarar de oficio, nula e insubsistente la Resolución Administrativa Nº 031-2010-ANA-ALA MOCHE-VIRU-CHAO, dejándola sin efecto legal alguno.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Felman Uldarico Buleje Cueto, contra la Resolución Administrativa Nº 356-2009-ANA ALA ICA, agotándose la vía administrativa.
Declarar improcedente, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por Marco Aníbal Asparria Urteaga contra la Resolución Administrativa Nº 258-2010-ANA-ALA-ICA de fecha 14-10-2009, confirmada por la Resolución Administrativa Nº 438-2009-ANA-ALA-ICA de fecha 30-12-2009.
Declarar Improcedente, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por Marco Aníbal Asparria Urteaga contra la Resolución Administrativa Nº 264-2009-ANA-ALA-ICA de fecha 16-10-2009, confirmada por la Resolución Administrativa Nº 439-2009-ANA-ALA-ICA de fecha 30-12-2009.
Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto al recurso de apelación interpuesto por Cristóbal Gregorio Arévalo Chunga y Manuel Hernán Benites Reyes, contra la Resolución Administrativa Nº 028-2008-GOB-REG-PIURA-DRA-P-AAP-ATDRMBP de fecha 03.07.08 y la Nº 030-2008-GOB-REG-PIURA-DRA-P-AAP-ATDRMBP de fecha 04.07.08, expedidas por la ex Administración Técnica del Distrito de Riego de Medio y Bajo Piura.
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Torata, contra el Auto Resolutivo Nº 02-2009-ANA-ALA.MOQUEGUA, dejándolo sin efecto legal alguno.
Prorrogar por dos (02) años adicionales, la autorización otorgada mediante Resolución de Intendencia Nº 313-2008-INRENA-IRH, contados a partir del vencimiento de la misma, para la culminación de la ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico con fines de generación de energía el´´ectrica a favor de OCOÑA HYDRO S.A., para el desarrollo del Proyecto Central Hidroelécttrica Oco 2010.
Otorgar autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico con fines de generación de energía eléctrica, a favor de la empresa ODEBRECHT PERU INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.C., para el desarrollo del proyecto Central Hidroeléctica TAM 40.
Otorgar autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico con fines de generación de energía eléctrica a favor de la COMPAÑÍA MINERA ATACOCHA S.A., para el desarrollo del proyecto Central Hidroeléctrica Chaprín, situado en los distritos de Yurasyacán y Huariaca, provincia de Cerro de Pasco, departamento de Pasco.
Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto al recurso de apelación interpuesto por Edilberto Viera Suárez, contra la Resolución Administrativa Nº 016-2008-GOB-REG-PIURA-DRA-P-AAP-ATDRMBP expedida por la ex Administración Técnica del Distrito de Riego Medio y Bajo Piura.
Disponer el cambio de titularidad de la autorización otorgada a favor de Asesoría y Negocios Financieros S.A., mediante la Resolución Administrativa Nº 025-2009-GRA-DRAA/ATDRA, debiendo entenderse, que en adelante el titular de dicha autorización para todos los efectos es MPJ CONSULTING S.A.C.
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Anglo American Quellaveco S.A., en consecuencia, nula e insubsistente la Resolución Administrativa Nº 154-2008/GR/GRAG-ATDR.T-AT expedida por la Administración Local de Agua Tambo - Alto Tambo
Otorgar por única vez, a favor de GENERACIÓN SANTA ROSA S.A.C., amplicación por el plazo adicional de un año, de autorización de uso de agua con fines de generación eléctrica.
Aprobar los estudios de aprovechamiento hídrico de las aguas de los ríos Huasahuasi y Huacas, así como autorizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, con fines energéticos del proyecto "Central Hidroeléctrica Huasahuasi II", ubicado en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento y región de Junín.
Aprobar los estudios de aprovechamiento hídrico de las aguas de los ríos Huasahuasi y Huacas, así como autorizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, con fines energéticos del proyecto "Central Hidroeléctrica Huasahuasi I", ubicado en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento y región Junín.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Asociación de Productores, Agricultores y Empresarios Agrarios de Riego de los Valles de Piura, Chira y San Lorenzo - APERT, contra la Resolución Administrativa Nº 186-2009-ANA-ALAMBP, confirmándose en todos sus extremos,. agotándose la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Asociación de Productores, Agricultores y Empresarios Agrarios de Riego Tecnificado de los Valles de Piura, Chira y San Lorenzo -APERT, contra la Resolución Administrativa Nº 0149-2009-ANA-ALA CHIRA, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Declarar DE OFICIO, Nula e insubsistente la Resolución Administrativa Nº 023-2010-MINAG-ANA/ALA-RS, dejándola sin efecto legal alguno.
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Casitas, contra la Resolución Administrativa Nº 022-2009-ANA-ALA TUMBES, declarándola nula, por los considerandos expuestos en la presente resolución.
Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 0067-2009-ANA-DARH, de fecha 19 de agosto de 2009, por las razones expuestas en la presente resolución.
De oficio, declarar NULAS e INSUBSISTENTES las Resoluciones Administrativas Nº 0175-2009-ANA-ALA.CHRL y Nº 306-2009-ANA-ALA.CHRL, por las razones expuestas precedentemente.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto Maximo Aureo Huane Gomero, Felipe Castillo Mejía y Bernardo Magallanes Pachas, contra la Resolución Administrativa Nº 011-2010-ANA-ALACH, la que se confirma en todos sus extremos.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Valle Pativilca, contra la Resolución Administrativa Nº 103/2009-ANA-ALA BARRANCA, dejándola sin efecto legal alguno.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Florentino Ramos Lorenzo contra la Resolución Administrativa Nº 046-2009-ANA-ALA MOTUPE OLMOS LA LECHE de fecha 25-02-2009.
Aprobar, a favor de ENERGÍA AZUL S.R.L., el "Estudio Definitivo de Aprovechamiento Hídrico de la Central Hidroeléctica Santa María".
Aprobar a nivel de definitivo, el estudio de aprovechamiento hídrico con fines energéticos para el Proyecto Central Hidroeléctrica Illapani denominado "Estudio de Hidrología Definitivo para el Aprovechamiento Hídrico de la Central Hidroeléctrica Illpani" presentado por la empresa HIDROTECH S.A.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Fernando Ispilco Ayay, contra la Resolución Administrativa Nº 722-2009-ANA-CAJ, por los considerandos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
De oficio, declarar la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 188-2009-ANA-ALAMOCHE-VIRU-CHAO de fecha 21-09-2009, confirmada por la Resolución Administrativa Nº 320-2009-ANA-ALAMOCHE-VIRU-CHAO de fecha 01-12-2009.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Fernando Ispilco Ayay, contra la Resolución Administrativa Nº 483-2009-ANA-ALA-C, por los considerandos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, agotándose la vía administrativa.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por el Proyecto Especial Jequetepeque-Zaña, en consecuencia, nula e insubsistente la Resolución Administrativa Nº 558-2009-ANA-ALAJ, dejándola sin efecto legal alguno, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Otorgar a favor de la empresa CATACAOS ENERGY S.A.C. , autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico, con fines de generación eléctrica, para el desarrollo del proyecto Central Hidroeléctrica San Yuscay.
Declarar improcedente la solicitud de nulidad interpuesta por Segundo Rafael Alvarado Falcón, contra el proceso electoral para la elección de la Junta de Usuarios de Ocoña.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad, encausada como recurso de apelación, interpuesto por Flora Lima S.A.C. contra Oficio Nº 1379-2009-ANA-ALA BARRANCA, expedido por la Administración Local de Agua Barranca.
Declarar de oficio nulas e insubsistentes las Resoluciones Administrativas Ns. 084-2009-ANA/ALA.CSCH y 320-2009-ANA/ALA.CSCH. dejándolas sin efecto legal alguno.
Disponer el cambio de titular a favor de Maja Energía S.A.C., respecto de la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, con fines de generación de energía eléctrica del proyecto "Central Hidroeléctirca Roncador"
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Lucila Saavedra Márquez, en consecuencia, nulo el artículo segundo de la Resolución Administrativa N°041-2009-ANA-ALACH, dejándolo sin efecto legal alguno.
Reconocer la Junta Directiva de la Comisión de Regantes Potao para el período 2010-2012.
Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento, respecto al recurso de apelación interpuesto por Daniel Agustín Yauri Torres, contra la Resolución Administrativa Nº 179-2008-DR-AG-ANCASH/ATDRCH.
Declarar fundado el Recurso de Apelación interpuesto por la Empresa Agrícola Chapi S.A., contra la Resolución Administrativa Nº 310-2009-ANA-ALA ICA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto por Juan Pérez Condori, cotnra la Resolución Administrativa N° 0136-2009-ANA-ALA TACNA.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrtital de Castrovirreyna, contra la Resolución Administrativa Nº 110-2009-ANA-ALA CHINCHA PISCO, dándose por agotada la vía administrativa.
Decalara FUNDADO, en parte, la solicitud de nulidad adecuada a un recurso de apelación, interpuesto por Sofía Chalco de Olivera, contra la Notificación 253-2009-ANA-ALAMOC
Declarar no ha lugar a emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto por AGRO PUCALA S.A.A., representada por Edmundo Laureano Gálvez Rodríguez y Jorge Luis Martínez Santur, en contra de la Resolución Administrativa Nº 026-2009-ANA-ALA MOTUPE OLMOS LA LECHE de fecha 16-01-2009.
Declarar no ha lugar a emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto por AGRO PUCALA S.A.A., representada por Edmundo Laureano Gálvez Rodríguez y Jorge Luis Martínez Santur, en contra de la Resolución Administrativa Nº 036-2009-ANA-ALA MOTUPE OLMOS LA LECHE de fecha 27-01-2009.