RESOLUCIÓN DIRECTORAL No. 374-2023-ANA-OA
DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral N° 0350-2023-ANA-OA por los fundamentos antes expuestos.
DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral N° 0350-2023-ANA-OA por los fundamentos antes expuestos.
Artículo 1º.- RECTIFICAR de oficio el error material contenido en el artículo 4 de la Resolución Directoral N° 0354-2023-ANA-OA de fecha 11 de setiembre de 2023, quedando en los siguientes términos:
DICE:
ARTÍCULO 4°.- DISPONER que la Unidad de Archivo y Trámite Documentario notifique la presente Resolución a la servidora VICTORIA ELVIRA MOQUILLAZA BALDEÓN, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería y a la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua.
DEBE DECIR:
ARTÍCULO 4°. - DISPONER que la Unidad de Archivo y Trámite Documentario notifique la presente Resolución a la servidora VICTORIA ELVIRA MOQUILLAZA BALDEÓN, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería y a la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos.
RECONOCER el derecho a la devolución del importe de S/ 522.60 (Quinientos veintidós con 60/100 soles) a favor del señor VÍCTOR HUGO VERA DÍAZ, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
AMPLIAR la autorización de la licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales, solicitada por el servidor CLEVER DE LA CRUZ DURAND, contratado bajo el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a partir del 17 de setiembre al 29 de diciembre de 2023.
RECTIFICAR de oficio el error material contenido en la Resolución Directoral N° 0325-2023-ANA-OA de fecha 31 de agosto de 2023, al haber consignado el apellido materno del servidor, quedando en los siguientes términos:
DICE: JORGE RAMOS CABRERA
DEBE DECIR: JORGE RAMOS CARRERA
AMPLIAR la autorización de la licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales, solicitada por el servidor WILFREDO MAMANI VILCA, contratado bajo el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a partir del 15 de setiembre al 11 de noviembre de 2023.
Artículo 1°.- Designar al nuevo responsable titular del manejo operativo del fondo de Caja Chica por la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios, correspondiente al
siguiente Órgano Desconcentrado:
Aprobar las prestaciones adicionales al Contrato N° 010-2022-ANA-OA, suscrito con la empresa CORPORACION VARUM S.A.C., para la contratación del “Servicio de
Seguridad y Vigilancia de la Sede Central de la Autoridad Nacional del Agua y Locales Anexos”, hasta por el monto de S/ 67,730.80 (Sesenta y siete mil setecientos treinta con 80/100 soles), que equivale aproximadamente al 3.10% del monto del contrato original, porcentaje que se encuentra dentro del límite permitido por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Designar al nuevo responsable titular del manejo operativo del fondo de Caja Chica por la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios, correspondiente al siguiente Órgano Desconcentrado:
AUTORIZAR el reembolso de viáticos por comisión de servicio, a favor del señor JOSE ANTONIO FACHO OCAÑA, Locador de la Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios por el importe total de S/ 422.40 (Cuatrocientos Veintidós con 40/100 soles).
APROBAR la baja de ciento cuarenta y dos (142) bienes muebles patrimoniales, por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 45,314.20 (Cuarenta y cinco mil trescientos catorce con 20/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución
APROBAR la baja de setenta y tres (73) bienes muebles patrimoniales, por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 18,550.01 (Dieciocho mil quinientos cincuenta con 01/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la baja de doscientos sesenta y tres (263) bienes muebles patrimoniales (AEE), por la causal de “Falta de Idoneidad del Bien”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 76,284.04 (Setenta y seis mil doscientos ochenta y cuatro con 04/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la baja de catorce (14) bienes muebles patrimoniales, por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 4,558.00 (Cuatro mil quinientos cincuenta y ocho y 00/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la baja de trescientos dieciséis (316) bienes muebles patrimoniales (AEE), por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 83,252.41 (Ochenta y tres mil doscientos cincuenta y dos con 41/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la donación de ocho (08) bienes muebles patrimoniales (varios) de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua a favor de Comisión de Usuarios de Agua Tambo Nuevo, debidamente inscrito en la P.E. Nº 11013409 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Huancavelica, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto total ascendente a la suma de S/ 1,670.00 (Mil seiscientos setenta y 00/100 soles), cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la baja de doscientos veintiocho (228) bienes muebles patrimoniales (AEE), por la causal de “Falta de Idoneidad del Bien”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 108,172.39 (Ciento ocho mil ciento setenta y dos con 39/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
AUTORIZAR el manejo de fondos bajo la modalidad de “Encargos” a nombre de la servidora civil VICTORIA ELVIRA MOQUILLAZA BALDEÓN, identificada con DNI N° 08181039, por el monto total de S/ 13,400.00 (trece mil cuatrocientos y 00/100 soles.
Artículo 1°. – RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/381.60 (Trescientos Ochenta y Uno con
60/100) soles, a favor de la señora GLENDA LIZETH REVILLA HUARANGA, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
Artículo 1°. – RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/ 238.10 (Doscientos Treinta y Ocho con
10/100) soles, a favor de la señora ROSA ALEJANDRINA GALLEGOS TOLEDO, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/ 315.10 (Trescientos Quince con 10/100) soles, a favor del señor HARRY ANTONY BANDA ZELADA, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/ 167.40 (Ciento Sesenta y Siete con 40/100) soles, a favor de ERICK ESTEVEN ESTELLE BRÍGIDO de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral N° 0182-2023-ANA-OA por los fundamentos antes expuestos.
RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/ 167.40 (Ciento Sesenta y Siete con 40/100) soles, a favor de ERICK ESTEVEN ESTELLE BRÍGIDO de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/ 686.56 (Seiscientos Ochenta y Seis con 56/100) soles, a favor de la Empresa ICM PACHAPAQUI S.A.C., de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
AMPLIAR la licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales al servidor LUIS ALBERTO APOLINARIO TORRES por el periodo del 08 de setiembre al 31 de diciembre del 2023.
APROBAR la baja por causal de “mantenimiento o reparación onerosa” de dos (02) bienes muebles patrimoniales (motocicletas), con placa de rodaje NI-35185 (placa antigua), EW-5980 (placa actual) y EA-3008, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, con un valor neto total de S/ 1,110.15 (Mil cientos diez y 15/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
AMPLIAR la autorización de la licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales, solicitada por el servidor JUAN ANTONIO UEJOWA MIYASHIRO, contratado
bajo el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a partir del 06 de setiembre al 06 de octubre de 2023.
AMPLIAR la licencia sin goce de remuneraciones servidor RUBEN LEON LUNA por el periodo del 08 de setiembre al 06 de diciembre de 2023.
AMPLIAR la licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales al servidor MIGUEL ALFREDO ERICK CABRERA ROJAS por el periodo del 16 de setiembre al
31 de diciembre de 2023.
AUTORIZAR el manejo de fondos bajo la modalidad de “Encargos” a nombre del servidor civil ARNOLD JERSON CARRASCO JOCOPE, identificado con DNI 70549790, por el monto total de S/ 2,600.00 soles (Dos mil seiscientos y 00/100 soles).
AUTORIZAR el manejo de fondos bajo la modalidad de “Encargos” a nombre del servidor civil MARCOS VALENTÍN PINO COLQUE, identificado con DNI 29352694, por el monto total de S/ 10,000.00 Soles (Diez Mil y 00/100 Soles).
AUTORIZAR el manejo de fondos bajo la modalidad de “Encargos” a nombre de la servidora civil CRISTEL YIRLY MIRIAN SALDARRIAGA LEÓN, Técnico en Gestión y Trámite Documentario de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, identificada con DNI N° 45451120, por el importe de S/ 46,355.00 (Cuarenta y seis mil
trescientos cincuenta y cinco y 00/100 soles).
AUTORIZAR el reembolso de viáticos por comisión de servicios, a favor del señor. EDWAD ALONSO MONTAÑO CHAPOÑAN, por el importe total de S/ 1,865.59 (Mil
Ochocientos Sesenta y Cinco con 59/100) soles, por concepto de reembolso de viáticos por la comisión de servicios a la Ciudad de Trujillo-Huancabamba, realizada del 12 al 18 del presente año.
RECTIFICAR de oficio el error material contenido en el décimo considerando de la Resolución Directoral N° 0339-2023-ANA-OA de fecha 01 de setiembre de 2023, al haber consignado los nombres y apellidos de una persona que no corresponde al servidor solicitante, quedando en los siguientes términos:
DICE: Que, si bien el servidor JUAN ANTONIO UEJOWA MIYASHIRO se encuentra sujeto al régimen CAS, es menester señalar que los alcances del régimen general como es el Decreto Legislativo N° 728 en la Autoridad Nacional del Agua, le son alcanzables también a los servidores CAS, de conformidad a lo señalado en el artículo 6, del Decreto Legislativo Nº 1057, modificado por la Ley Nº 29849, referente a los derechos de los servidores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (en adelante régimen CAS), se establece lo siguiente:
AUTORIZAR el manejo de fondos bajo la modalidad de “Encargos” a nombre del servidor civil MALLQUI SAMAME MARIO ALBERTO, identificado con DNI N° 4679719, por un importe de S/ 468.00 (Cuatrocientos Sesenta y Ocho y 00/100 Soles).
Artículo 2°. - AUTORIZAR el manejo de fondos bajo la modalidad de “Encargos” a nombre de la servidora civil AGUIRRE ARBI MAGALI MARLENI, identificada con DNI N°
4476897, por el monto total de S/ 750.00 (Setecientos Cincuenta y 00/100 Soles).
AMPLIAR la autorización de la licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales, solicitada por el servidor FRANCISCO SEGUNDO RIVA HERRERA, contratado bajo el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, con eficacia anticipada a partir del 28 de agosto de 2023 y mientras dure en el cargo como Subdirector de la Unidad de Contabilidad y Tesorería.
APROBAR la donación de diez (10) bienes muebles patrimoniales(mobiliario) de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua a favor de Junta de Usuarios del Distrito de Riego Ramis, debidamente inscrito en la P.E. Nº 11003742 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto total ascendente a la suma de S/.3,698.00 (tres mil seiscientos noventa y ocho y 00/100 soles), cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolucion.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada Lucía Victoria Chávez Miranda por el importe de S/ 4,150.08 (CUATRO MIL CIENTOCINCUENTA CON 08/100 SOLES), respecto al expediente coactivo N° 299-2021-ANA-OAUEC,al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N°010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva dela Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada IBETH MALDONADO SOPLA por el importe de S/ 2,015.00 (DOS MIL QUINCE CON00/100 SOLES), respecto al Expediente Coactivo N° 852-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la tramitacion del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada PAPELERA NACIONAL S.A. por el importe de S/ 262,787.04 (DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 04/100 SOLES), respecto al Expediente Coactivo N° 931-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua.
APROBAR la baja de cuarenta y seis (46) bienes muebles patrimoniales ,por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 11,159.06 (once mil ciento cincuenta y nueve con 06/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la baja de cuarenta y cuatro (44) bienes muebles patrimoniales, por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a l o expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente ala suma de S/ 16,436.61 (Dieciséis mil cuatrocientos treinta y seis con 61/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante dela presente resolución.
AUTORIZAR el manejo de fondos bajo la modalidad de “Encargos” a nombre de la servidora civil VICTORIA MOQUILLAZA BALDEON, identificada con DNI N° 08181039, por el monto total de S/ 3,800.00 (Tres mil ochocientos con 00/100 soles).
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado PIERO RENZO DELLEPIANE REGGIARDO por el importe de S/ 8,604.54 (OCHO MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 54/100 SOLES), respecto al expediente coactivo N° 521-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
DECLARAR DE OFICIO, la nulidad de la Carta N° 0230-2022- ANA-OA-URH, del 25 de agosto de 2022, emitida por el Órgano Instructor, que dispone instaurar el procedimiento administrativo disciplinario por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
APROBAR la baja de doscientos treinta y tres (233) bienes muebles patrimoniales, por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/79,496.75 (setenta y nueve mil cuatrocientos noventa y seis con 75/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolucion.
APROBAR la baja de cuarenta y cuatro (44) bienes muebles patrimoniales, por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente ala suma de S/ 15,391.80 (quince mil trescientos noventa y uno con 80/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolucion.
APROBAR la baja de ciento cuarenta y seis (146) bienes muebles patrimoniales, por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente ala suma de S/ 45,584.33 (cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y cuatro con 33/100 soles);cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución
APROBAR la baja por la causal de “estado de chatarra” de cinco (05)bienes muebles patrimoniales (motocicletas) con placa de rodaje: a) MG-28909, b) NG-40694,c) EG-0159, d) NG79685(placa antigua)/EW-3294(placa actual) y e) MG31814(placa antigua)/EW-2290(placa actual), en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto de S/ 927.00 (novecientos veintisiete y 00/100 soles);cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N°01, que forma parte integrante de la presente resolucion.