Se declara infundado el recurso de revisión contra la Resolución Directora/ No 814-2013-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA que desestimó el recurso de apelación contra la Resolución Administrativa No 658-2013-ANA-AAA.CF ALA.CHRL que establece que el Servicio de Agua Potable y Alcantarílfado de Lima, pague la retribución económica del Recibo No 2011007283 por el uso de agua subterránea con fines poblacionales del año 2011.
Se declara infundado el recurso de revisión contra la Resolución Dírectoral No 789-2013-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA que desestimó el recurso de apelación contra la Resolución Administrativa No 659-2013-ANA-AAACF ALA.CHRL que establece que el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, pague la retribución económica del Recíbo No 2011007282 por el uso de agua subterránea con fines poblacíonales del año 2011.
Se declara ínfundado el recurso de revisión contra la Resolución Directora/ No 776-2013-ANA-AAA-CAÑETE FORT ALElA que desestimó el recurso de apelación contra la Resolución Adminístrativa No 666-2013-ANA-AAA.CF ALA.CHRL que establece que el Sendcio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, pague la retribución económica del Recibo No 2011007274 por el uso de agua subterránea con fines poblacionales del año 2011
Se declara infundado el recurso de revisión contra la Resolución Directora/ No 782-2013-ANA-AAA-CAÑETE FORT ALElA que desestimó el recurso de apelación contra la Resolución Administrativa No 576-2013-ANA-AAA.CF ALA.CHRL que establece que e/ Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, pague la retribución económica del Recibo No 2011007588 por el uso de agua subterránea con fines pob/acionales del año 2011.
Se declara fa nulidad de la Resolución Administrativa N° 445--2013-ANA-ALA-HUARAZ. por vulneración al principio del debido procedimiento al habérsele sancionado sin que, previamente. se haya iniciado un procedimiento administrativo sancionador.
Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Agricultores El Milagro La Yarada contra la Resoluciónirectora / No 861-2013-ANNAAA 1 C-0, por extemporáneo
Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Empresa de Productos Ecológicos de Cochinilla ACPI S.An (EPECO-A SA), contra la Resolución Directora/ N° 407-2013-ANNAAA 1 C-0, al verificarse que han operado los supuestos para declarar el abandono del procedimiento, e improcedente el recurso de apelación presentado por la Asociación de Viveros Forestales El Carmín (ASVIFOC), contra la Resolución Directora/ N° 895-2013-ANNAAA 1 C-0, por haberse interpuesto de forma extemporánea.
Se declara infundado el recurso de revisión contra la Resolución Directora/ No 786-2013-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA que desestimó el recurso de apelación contra la Resolución Administrativa No 602-2013-ANA-AAA.CF ALA.CHRL que establece que el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, pague la retríbucíón económica del Recibo No 2011007562 por el uso de agua subterránea con fines poblacionales del año 2011.
Se declara infundado el recurso de revisión contra la Resolución Directora/ No 797-2013-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA que desestimó el recurso de apelación contra la Resolución Administrativa No 601-2013-ANA-AAA.CF ALA.CHRL que establece que el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, pague la retribución económica del Recibo No 2011007563 por el uso de agua subterránea con fines poblacionales del año 2011.
Se declara infundado el recurso de revísión contra la Resolución Directora/ No 834-2013-ANA-AAA-CAÑETE FORTALEZA que desestimó el recurso de apeladón contra la Resolución Administrativa No 581-2013-ANA-AAA.CF ALA.CHRL que establece que ef Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, pague la retribución económica del Recibo No 2011007583 por el uso de agua subterránea con fines pobfacionales del año 2011.