CUT N°: 177524-2022.
ADMINISTRADO: Antonio Marcos Guerrero.
ORGANO: AAA Mantaro.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que, en el balance hídrico, se consideren los derechos de uso previamente otorgados.
MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Nulidad de oficio.