CUT N°: 22842-2022.
IMPUGNANTE: Comité de Usuarios del Canal El Pueblo, Huantar y Colcapata.
ORGANO: AAA Huarmey - Chicama.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: Es improcedente la oposición cuando el opositor expresa argumentos genéricos, tal como invocar la afectación de derechos de una comunidad que él no representa.
MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.
SENTIDO: Infundado.