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R.TNRCH. Nº 0439-2025-ANA

CUT: 248546-2024.

IMPUGNANTE: Agroindustria Concon Topara Cañete S.A.

ÓRGANO:  ALA Mala - Omas - Cañete.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Articulo 1° y literal a) del articulo 4° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 30 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0438-2025-ANA

CUT: 257650-2024.

IMPUGNANTE: Agroindustria Concon Topara Cañete S.A.

ÓRGANO:  ALA Mala - Omas - Cañete.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Articulo 1° y literal a) del articulo 4° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 30 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0437-2025-ANA

CUT: 163480-2021.

IMPUGNANTE: Luis Rioja Bravo.

ÓRGANO:  AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Constituye infracción en materia de recursos hídricos ejecutar obras en una fuente natural sin autorización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 30 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0436-2025-ANA

CUT: 25642-2022.

IMPUGNANTE: Eugenia Rosa Suaña Pancca.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Las cartas o informes que desestiman una denuncia no son impugnables.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1º, numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 30 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0435-2025-ANA

CUT: 122542-2023.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicio de Saneamiento de la Localidad de Lonya Chico.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: La presentación de una solicitud no autoriza el vertimiento de aguas residuales.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. Numerales 1 y 3 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 30 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0434-2025-ANA

CUT: 98148-2023.

IMPUGNANTE: Truchas Tapara E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La modificación de licencia de uso de agua que implique el incremento de volumen del recurso hídrico, requiere contar con la acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 64.4 del artículo 64° y el artículo 70° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 30 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0433-2025-ANA

CUT: 41726-2024.

ADMINISTRADO: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Centro Poblado de Conchacalla.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico cuando no se cuenta con una servidumbre para la conducción del recurso hídrico; sin embargo, se ordenará evaluar nueva información que se haya proporcionado en segunda instancia.

MARCO NORMATIVO: Literal f) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio y retrotraer.

Fecha de resolución: Martes, 29 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0432-2025-ANA

CUT: 258423-2023.

IMPUGNANTE: Obrascon Huarte Lain S.A. Sucursal Del Perú.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: La declaración de emergencias por lluvias no tiene relación con el hecho de captar agua sin el derecho respectivo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 29 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0431-2025-ANA

CUT: 182679-2021.

IMPUGNANTES: Jhon Danny Pauca Zegarra y Lourdes Nora Pauca Zegarra de Núñez.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Destruir las obras de infraestructura hidráulica publica y dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces.

SUMILLA: La destrucción de una porción del lateral de riego configura la infracción de destruir las obras de infraestructura hidráulica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 12 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 29 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0430-2025-ANA

CUT: 22323-2021.

IMPUGNANTE: Cooperativa Agraria de Usuarios del Sol LTDA.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua en mayores volúmenes a los otorgados y ceder el uso del agua a terceros.

SUMILLA: El reconocimiento de responsabilidad debe ser expreso, por lo que no se configura cuando el administrado formula consideraciones en contrario.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 29 Abril 2025
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